¿Qué es el principio de tipicidad y por qué debería importarte?

por | Sep 24, 2025 | Penal, Servicio

El principio de tipicidad penal, desarrollado por Beling a principios del siglo XX, es una garantía fundamental que prohíbe juzgar a una persona por hechos que no estén expresamente definidos como delitos en la ley. Este principio protege a los ciudadanos al evitar sanciones arbitrarias y asegura un debido proceso.

 

La ley bajo la prisma de este principio debe satisfacer varios requisitos: ser establecida antes de que el hecho ocurriera (lex previa), realizada con el procedimiento dispuesto en el ordenamiento jurídico, debe ser clara y sin ambigüedades, evitando lagunas en su interpretación (lex certa) y no se permite la  aplicación por analogía a situaciones parecidas o similares (lex stricta).

 

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia en su sentencia No. 401, de fecha 14 de julio de 2025, ha respaldado esta definición, haciendo referencia al artículo 1 del Código Penal, que establece que nadie puede ser castigado por un hecho que no esté previsto por la ley como delito y que no amerite una pena preestablecida.

 

Asimismo, cita el numeral 6 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual indica que «Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones, que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes».

 

El Principio de Tipicidad es crucial habida cuenta que:

  • Genera seguridad jurídica, ya que brinda a los ciudadanos la certeza de que solo serán sancionados por conductas claramente tipificadas en la ley, evitando sanciones arbitrarias.

 

  • Protege a los ciudadanos contra la  arbitrariedad, al exigir que las conductas sean tipificadas en la ley, se protege a los individuos de posibles abusos por parte del sistema judicial. Nadie puede ser sancionado por una conducta que no esté claramente definida como delito.

 

  • Asegura que todos los ciudadanos sean juzgados bajo los mismos parámetros legales, promoviendo la equidad en la aplicación de la justicia.

 

  • Prohibe la retroactividad. En tal sentido, las sanciones no pueden aplicarse  conductas realizadas antes de que la norma haya sido publicada.

 

La Sala definió la tipicidad como la «adecuación de la conducta desplegada por la persona en la descripción legal del tipo penal«.

Es importante destacar que, si bien la Sala de Casación Penal reconoció la naturaleza sustantiva de los temas relacionados con la tipicidad, hizo énfasis en que no corresponde a los tribunales de alzada (Cortes de Apelaciones) determinar la tipicidad de un hecho penal, sino verificar que la decisión del tribunal de primera instancia se ajuste a derecho.

 

Asimismo, la Sala aclaró que no puede funcionar como una tercera instancia para revisar íntegramente el proceso. El recurso de casación debe centrarse en los errores de derecho de la Corte de Apelaciones, no en la valoración de los hechos o la decisión del tribunal de control.

 

Según Francisco Blasco y Fernández de Moreda, la «acción típica es sólo aquella que se acomoda a la descripción objetiva, aunque saturada a veces de referencia a elementos normativos y subjetivos del injusto de una conducta que generalmente se reputa delictuosa, por violar, en la generalidad de los casos, un precepto, una norma, penalmente protegida«.

 

En resumen, la tipicidad es la concordancia precisa entre la conducta realizada por un individuo y la descripción de un delito en la ley penal, y constituye un pilar esencial para la seguridad jurídica y el debido proceso.

 

 

Samuel Acuña Lara

Samuel Acuña Lara

Abogado especialista en litigio, con Master en Derecho Penal Económico, consultor en compliance corporativo, Presidente de la Sociedad Venezolana de Compliance