Estrategias para gestionar la amnistía. Del diagnóstico al sobreseimiento

por | Feb 21, 2026 | Casodeéxito, Marketing, Penal

Hablar de amnistía no es hablar de impunidad. Es hablar de Derecho, de justicia, de límites claros para su aplicación y de una decisión política que genera consecuencias jurídicas complejas.

La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, publicada en la Gaceta Oficial No. 6990, extraordinario, de fecha 20 de febrero de 2026, de la República Bolivariana de Venezuela, se presenta como un instrumento legal orientado a la reconciliación nacional, pero su aplicación exige un análisis técnico jurídico, objetivo, serio, responsable y estratégico.

Desde nuestra visión prágmatica, es indispensable entender que esta ley no borra todos los delitos cometidos, ni beneficia a cualquier persona. El legislador fue explícito al establecer exclusiones tajantes: quedan fuera los delitos de lesa humanidad, las violaciones graves a los derechos humanos, el homicidio intencional, las lesiones gravísimas, el tráfico de drogas y los delitos contemplados en la Ley contra la Corrupción. Estos límites no son accesorios; son el núcleo que define el alcance real de la norma y preserva su constitucionalidad.

La amnistía, además, no opera de manera automática. Requiere de la interposición de una acción, aunado al conocimiento del expediente, de los hechos y una interpretación fáctible de la causa.

Cada caso debe ser examinado con lupa: la fecha de ocurrencia, el contexto político, la calificación jurídica y la etapa procesal del proceso, son determinantes. Un error en la estrategia puede significar dilaciones para la obtención del sobreseimiento de la causa y cese de las medidas personales y reales que pesan en contra de los clientes.

Un punto clave: los venezolanos solicitados por una orden judicial que residen en el exterior

Uno de los aspectos más relevantes de esta ley es la posibilidad de que personas que se encuentren fuera del territorio nacional puedan iniciar el proceso mediante un abogado de confianza, a quien hay que otorgarle un poder con las formalidades de Ley, tanto del país donde se expide así como el destinario final: los jueces de la república.

Esto representa una garantía procesal importante y, al mismo tiempo, una responsabilidad técnica para quien asume la defensa.

Una vez presentada la solicitud de sobreseimiento conforme al artículo 300, ordinal 3 en relación con el artículos 49, numeral 2 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, la ley es clara: no puede existir privación de libertad, deben cesar las medidas de coerción personal y quedar sin efecto las solicitudes de extradición vinculadas a los hechos amnistiables.

El tribunal cuenta con un plazo de quince días continuos para verificar los supuestos legales, decretar el sobreseimiento o anular sentencias firmes, y ordenar la eliminación de antecedentes, alertas y órdenes de captura.

Sin embargo, indica la Ley que el beneficiario deberá comparecer personalmente para la materialización definitiva de la amnistía. Este detalle, que suele pasarse por alto, es crucial para evitar falsas expectativas o decisiones apresuradas.

La importancia de una defensa técnica y estratégica

La experiencia demuestra que las leyes de procedimiento en sus inicios, generan confusión, interpretaciones erradas y, en muchos casos, decisiones improvisadas. Como abogado litigante, sostengo que no basta con que una conducta esté relacionada con hechos políticos; es necesario demostrar que encaja exactamente dentro de los supuestos legales y que no se encuentra en ninguno de los escenarios de exclusión.

Una correcta asesoría jurídica no solo protege derechos, sino que reduce riesgos, anticipa escenarios y permite al ciudadano tomar decisiones informadas, especialmente cuando están en juego la libertad personal, el retorno al país o la regularización de su situación jurídica.

Conclusión

La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática es una oportunidad jurídica real, pero no es una carta blanca. Su aplicación exige rigor, análisis y una defensa profesional que entienda tanto la letra de la ley como su contexto político y judicial.

En materia penal y constitucional, la improvisación no es una opción. La confianza se construye con estrategia, conocimiento y una defensa firme desde el primer paso.

 

 

Samuel Acuña Lara

Samuel Acuña Lara

Abogado especialista en litigio, con Master en Derecho Penal Económico, consultor en compliance corporativo, Presidente de la Sociedad Venezolana de Compliance